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Viernes 20 de Diciembre, 2019

Papa Francisco abolió secreto pontificio

 


Abolió secreto pontificio en procesos por abuso sexual y modifica ley sobre el delito de pornografía infantil

El pasado martes 17 de diciembre, el Vaticano informó que el Papa Francisco abolió el secreto pontifico sobre las investigaciones y procesos por abuso sexual de menores de dieciocho años o adultos vulnerables. Igualmente, anunció el cambio de la ley sobre el delito de pornografía infantil, haciendo caer dentro de los casos de delicta graviora - los delitos más graves - la posesión y difusión de imágenes pornográficas que involucren a menores de hasta 18 años de edad.

Con esta disposición el Papa Francisco pone a disposición de las autoridades civiles los testimonios de los juicios iniciados en materia canónica: Las diócesis de cada país deberán proporcionar toda la documentación sobre los procesos y denuncias en curso que posean y que solicite la autoridad judicial. Algo que ya se había señalado con anterioridad, pero viene ahora acompañado de la liberación del secreto pontificio.

El documento fechado el 4 de diciembre aparece firmado por el Secretario de Estado Vaticano Cardenal Pietro Parolín y anuncia esta disposición que permite la abolición del secreto pontificio en las denuncias, procesos y decisiones que menciona el artículo 1 de Motu Propio titulado: «Vos estis lux mundi» entre ellos:

  • Los casos sobre violencia
  • Cualquier actos sexual cometido bajo amenaza o abuso de autoridad.
  • El Abuso de menores o personas vulnerables
  • La posesión y difusión de pornografía infantil
  • Los casos de no denuncia y encubrimiento de los abusadores por parte de los obispos y superiores generales de los institutos religiosos.

Lo que implican estas decisiones del Pontífice:
La nueva instrucción especifica que toda la información será tratada garantizando la seguridad, integridad y confidencialidad que establece el derecho canónico y que protege la buena reputación, imagen y privacidad de los implicados.

Sin embargo, el secreto de oficio no impide el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar, por la legislación del gobierno; incluso las obligaciones de denuncia., así como aquellas que buscan dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades judiciales civiles. Tampoco a quienes realizan denuncias a las víctimas y a los testigos, a quienes no se les podrá imponer ningún vinculo de silencio.

Finalmente, se permite que en los casos relativos a los delitos más graves; las funciones de abogado y procurador sean desempeñados por laicos que tengan como parte de su formación académica un doctorado en derecho canónico y que no solo se permita participar a los sacerdotes.

Fuente: Vatican News




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